Estamos los TICs venga a darle vueltas a dos temas principales:
En el mencionado artículo se puede leer: "Por otra parte, cada vez que un ciudadano o empresa elige el canal electrónico en lugar de las tradicionales ventanillas, les genera un ahorro de 75 Euros."
Desconozco de donde ha salido dicha cifra (no quiero que con ello se quiera pensar que dude de su veracidad, si no que únicamente desconozco dónde se ha publicado el estudio que contiene ese cifra -Emilio siempre usa fuentes de contrastada reputación-, así como si ese ahorro se consigue cuando toda la tramitación es electrónica -incluyendo el backoffice- o cuando se produce cualquier interacción electrónica en el devenir del trámite (notificación, subsanación, presentación, ..)- En cualquier caso, dicho ahorro nos permitiría:
- la falta de presupuestos TIC
- la poca utilización (salvo cuando el trámite electrónico es de obligado uso) de los servicios electrónicos por parte de la sociedad civil
En el mencionado artículo se puede leer: "Por otra parte, cada vez que un ciudadano o empresa elige el canal electrónico en lugar de las tradicionales ventanillas, les genera un ahorro de 75 Euros."
Desconozco de donde ha salido dicha cifra (no quiero que con ello se quiera pensar que dude de su veracidad, si no que únicamente desconozco dónde se ha publicado el estudio que contiene ese cifra -Emilio siempre usa fuentes de contrastada reputación-, así como si ese ahorro se consigue cuando toda la tramitación es electrónica -incluyendo el backoffice- o cuando se produce cualquier interacción electrónica en el devenir del trámite (notificación, subsanación, presentación, ..)- En cualquier caso, dicho ahorro nos permitiría:
- negociar la asignación presupuestaria del departamento TIC correspondiente, introduciendo una cuantía variable en el presupuesto directamente relacionada con parte de esos 75 euros y del número de transacciones electrónicas
- transferir parte de ese ahorro al contribuyente, sea cual sea el tipo de trámite. Siempre se ha comentado que parte del éxito de la AEAT en cuanto a la tramitación electrónica de declaraciones de renta era la posibilidad de obtener la correspondiente devolución -si era el caso- de forma más rápida que si se realizaba la declaración por medios convencionales. Pues podemos aumentar las gratificaciones por el uso de medios electrónicos:
- la devolución del importe de la declaración de hacienda se aumenta en una cantidad que sale de parte de esos 75 euros
- si pides una beca electrónicamente, y te la conceden, la cuantía se aumenta con parte de esos 75 euros
- si pagas una tasa o una sanción electrónicamente, esta se minora con parte de esos 75 euros
- si estás licitando a un concurso público, tu oferta se minorará en parte de esos 75 euros
- quién solicite una cita médica (sobre todo especialistas) usando los medios electrónicos, se le minorará parte de esos 75 euros en el tratamiento médico -si es el caso- que debe seguir
- ...
Como veis, se trata de captar usuarios de la administración electrónica proporcionando un beneficio económico para aquellos que usen los medios electrónicos y por otro lado, fomentar la excelencia de los mismos mediante la competencia por la asignación de presupuestos en base al uso de los mismos. Quizá ya se estén realizando este tipo de acciones en algunas Administraciones Públicas. Si es así, lo celebro por adelantado.
Intentando salvar el espíritu de la entrada, se trataría de hacer aflorar los ahorros que para las AAPP supone la tramitación electrónica y que ellos revertieran tanto en los presupuestos como en la relación con los ciudadanos. Quedaría pues la tarea de cuantificarlos. Quizá otro anónimo nos alumbre!!!
Revisión de la entrada
Tras la aportación anónima en los comentarios, uno descubre que evidentemente no todo era tan fácil. El ahorro en el que se basa la entrada es un ahorro del solicitante, es decir, del ciudadano/empresa que interactúa mediante medios electrónicos (página 11 de http://www.seap.minhap.es/dms/es/areas/funcion_publica/iniciativas/normativa-es/parrafo/1/02_Metodo_simplificado.pdf).Intentando salvar el espíritu de la entrada, se trataría de hacer aflorar los ahorros que para las AAPP supone la tramitación electrónica y que ellos revertieran tanto en los presupuestos como en la relación con los ciudadanos. Quedaría pues la tarea de cuantificarlos. Quizá otro anónimo nos alumbre!!!
http://www.seap.minhap.es/dms/es/areas/funcion_publica/iniciativas/normativa-es/parrafo/1/02_Metodo_simplificado.pdf
ResponderEliminarVer tabla en pág. 11
Ten en cuenta que ese ahorro es para el ciudadano, no para la administración. Por tanto no tiene sentido transferirele nada.
ResponderEliminarUna idea interesante. Y el ahorro no es sólo para el ciudadano, también para la administración. Aunque tal vez sea más adecuado hablar de incentivo que de trasnferencia.
ResponderEliminarPor lo demás, y sin que sirva para caer en la autocomplacencia, hay que poner en contexto el dato sobre la baja tasa de uso de servicios electrónicos, porque es mayor en las AAPP que en el sector privado (servicios de banca, ecommerce y telco principalmente). En este sentido el problema no es tanto de las AAPP como de alfabetización, normalización e inclusión digital en general. Dicho eso, qué duda cabe que la disponibilidad de buenos servicios públicos electrónicos es uno de las principales vías de impulso de la sociedad de la información y que debe seguir jugando este papel.
En cuanto a la fuente del dato que citas:
http://www.seap.minhap.gob.es/es/areas/funcion_publica/iniciativas/impacto_normativo.html
http://www.seap.minhap.gob.es/dms/es/areas/funcion_publica/iniciativas/normativa-es/parrafo/1/02_Metodo_simplificado.pdf
Desgraciadamente, no existen datos de ningún estudio en España que estime el ahorro para la Administración que supone un trámite electrónico frente a presencial. Yo suelo utilizar la referencia de UK y Dinamarca de 10 Euros a 1 Euro.
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